Cómo dar de alta la luz en una vivienda

Si vas a estrenar casa nueva o de segunda mano, una de las primeras cosas que tienes que hacer es contratar la luz. Es un proceso sencillo, pero debes cumplir con una serie de requisitos.
Vamos a explicarte todo lo que debes saber para dar de alta la luz, cuánto cuesta y qué plazos hay.
Pueden darse dos situaciones diferentes: viviendas de nueva construcción o viviendas en las que se ha dado de baja el suministro. En ambos casos, el procedimiento para contratar la luz es similar, pero el primero tiene más requisitos.
Requisitos para dar de alta la luz en una vivienda de primera ocupación
Las viviendas de nueva construcción, por lo general, no han tenido un suministro eléctrico previo. Por tanto, el primer paso es contactar con la distribuidora de tu zona o con una empresa instaladora autorizada.
La distribuidora es la empresa que lleva la electricidad hasta las conexiones. Según tu zona de residencia, te corresponderá una u otra. Puedes averiguar el nombre de la distribuidora de tu zona consultando la factura de luz de un vecino, por ejemplo.
Otra opción es contactar con tu antigua empresa comercializadora, ellos te podrán ayudar a localizar qué distribuidora te corresponde.
Pasos para contratar la luz por primera vez
Los pasos para disponer de suministro eléctrico por primera vez son los siguientes:
1. Si no existe acometida ni instalación, debes contactar con la distribuidora de luz de tu zona.
2. Contactar con un instalador eléctrico autorizado para que tramite el Boletín Eléctrico. Este documento contiene la información sobre la instalación eléctrica de la vivienda.
3. Recopilar toda la documentación necesaria para el trámite:
- Datos del titular del suministro.
- Dirección exacta de la vivienda.
- Potencia eléctrica que vas a contratar.
- Código Universal del Punto de Suministro (CUPS) (se obtiene después de realizar la instalación).
- Número de cuenta bancaria para domiciliar las facturas.
- Boletín Eléctrico (para viviendas de primera ocupación o que lleven más de tres años sin suministro).
4. Contactar con la comercializadora de tu elección para solicitar el alta de la luz.
Con todo esto, solo tendrás que esperar a que un técnico instale el contador para dar de alta la luz.
Requisitos para dar de alta la luz en una vivienda de segunda ocupación
Contratar la luz en una vivienda de segunda ocupación es más sencillo, porque esa casa ya tuvo una instalación previa. Por tanto, ahora solo tendrás que reactivar el suministro.
La baja del suministro eléctrico suele solicitarse para viviendas que no se utilizan. En algunos casos, los propietarios de inmuebles en alquiler solicitan la baja para no asumir responsabilidades, pero lo más sencillo es cambiar la titularidad del contrato. También puede ocurrir que la comercializadora solicite la baja a la distribuidora, pero, por lo general, esto sucede en situaciones de impago prolongadas.
Los documentos necesarios para contratar la luz en una vivienda de segunda ocupación son los mismos que necesitas para una vivienda nueva. Sin embargo, el coste será inferior si han pasado menos de tres años entre la baja del suministro y la nueva solicitud. En estos casos no hay que abonar todos los derechos de alta.
¿Cuál es el precio para dar de alta la luz?
El precio para dar de alta la luz es siempre el mismo, independientemente de cuál sea tu distribuidora y tu comercializadora. Ahora bien, este coste, que es la suma de los derechos de alta, varía según la potencia contratada.
Esta cantidad, que se suele abonar en la primera factura de la luz, también es diferente según el tipo de acometida (nueva o de ampliación de potencia).
Los derechos de alta se abonan a la distribuidora y, sin tener en cuenta el IVA, son los siguientes:
- Derechos de extensión para instalaciones nuevas o con más de tres años sin suministro: el importe es de 17,37 euros por kW de potencia contratada.
- Derechos de acceso por alta nueva: tiene un coste de 19,70 euros por kW de potencia contratada.
- Derechos de enganche: la conexión a la red tiene un precio fijo de 9,04 euros.
La distribuidora también puede cobrar otros derechos, pero solo lo hará en algunos casos muy concretos. Son los siguientes:
- Derechos de supervisión: tiene un coste fijo de 101,52 euros por vivienda.
- Derechos de verificación: comprobar que la instalación cumple con la normativa tiene un coste fijo de 8,01 euros. No se abona si se ha presentado memoria técnica y certificado de final de obra.
Cómo calculo el precio de dar de alta la luz
Calcular el precio de dar de alta la luz no es complicado. En este ejemplo puedes ver el coste para una vivienda media de primera ocupación y con una potencia contratada de 4,6 kW.
Concepto | Importe (sin IVA) |
---|---|
Derechos de extensión | 17,37 €/kW x 4,6 kW = 79,90 € |
Derechos de acceso | 19,70 €/kW x 4,6 kW = 90,62 € |
Derechos de enganche | 9,04 € |
TOTAL (sin IVA) | 179,56 € |
Cuánto tiempo se tarda en dar de alta la luz
Los plazos para dar de alta la luz no son muy elevados, pues suele tardar entre 5 y 7 días hábiles. Es conveniente que tengas en cuenta estos tiempos y trámites tu solicitud con suficiente antelación. De lo contrario, puede llegar el día de la mudanza y que no tengas suministro.
Después de tu solicitud, un técnico se desplazará hasta la vivienda para instalar el contador de luz y precintar el Interruptor de Control de Potencia (ICP).
Lo habitual es que no surjan imprevistos, pero, si se llegara a detectar algún error en la instalación, el plazo se alargaría hasta solucionar el problema.
Estos son los pasos para dar de alta la luz en una vivienda. Como ves, no es complicado. Si tienes alguna duda sobre los trámites, tu comercializadora te puede ayudar.