Bono Social de la luz

¿Qué es el Bono Social de la luz y cómo solicitarlo?

Bono Social de la luz

Con el objetivo de proteger a los consumidores más vulnerables, el Gobierno creó, en 2009, lo que conocemos como Bono Social de la luz o Bono Social Eléctrico. Se trata de una ayuda para pagar las facturas de electricidad destinada a las personas con menos recursos económicos y que se encuentren en situaciones de riesgo de exclusión social.

En este artículo, te explicaremos todos los detalles sobre qué es el Bono Social, a qué consumidores va destinado y, en caso de que entres en alguna de las categorías que te expondremos más adelante, te contaremos también qué tienes que hacer para solicitarlo.

¿Qué es el Bono Social?

Como ya hemos apuntado, el Bono Social de la luz es una ayuda a modo de descuento en las facturas de electricidad,y se aplica a los hogares y familias que se encuentren en riesgo de pobreza energética por no tener suficientes recursos económicos.

Por lo tanto, el objetivo del Bono Social es que las familias más empobrecidas puedan tener acceso a un derecho universal como es el de la electricidad, sin sufrir económicamente por ello.

Los descuentos que se aplican gracias a estas ayudas van del 25 al 40 % y afecta tanto sobre el término de potencia (coste fijo para la potencia) como sobre el de la energía (consumo).

Requisitos para solicitar el Bono Social Eléctrico

Para acogerse a este subsidio y recibir descuentos en las facturas de luz, hay que cumplir una serie de condiciones que tienen que ver con la situación familiar y el nivel de renta.

A un nivel más burocrático, debes tener en cuenta los siguientes aspectos:

  • Sólo la persona titular del contrato de luz puede solicitar la prestación.
  • Sólo recibirán el Bono Social aquellos inmuebles que figuren como primera residencia.
  • Debes tener contratada una tarifa PVPC, es decir, que tu suministro lo provea una comercializadora de referencia.
  • La potencia eléctrica del suministro que pide la ayuda no puede superar los 10 kW.

¿A qué consumidores va dirigido el Bono Social?

Como veníamos diciendo, y puesto que el Bono Social es una ayuda gubernamental destinada a luchar contra la pobreza energética, es necesario cumplir unas condiciones personales y económicas para pedir este subsidio.

A continuación, te exponemos las distintas categorías de consumidores según los criterios de unidad familiar y nivel de renta.

Consumidores vulnerables

Se les ofrece un 25 % de descuento del total de sus facturas de la electricidad. Para obtener este bono, deben demostrar un nivel de renta inferior al requerido, teniendo en cuenta el número de hijos que viven en el domicilio. También se tienen en consideración circunstancias especiales que puedan afectar a nivel personal y económico:

  • Tener una discapacidad del 33 % o superior.
  • Ser víctima de violencia de género o de terrorismo.
  • Ser una persona en situación de dependencia en grado I o II.
  • Ser una familia monoparental.

Consumidores vulnerables severos

Son aquellos cuya renta anual no supera el 50 % de los mínimos establecidos. El descuento que se aplica en estos casos es del 40 %.

Consumidores en riesgo de exclusión social

Cumplen las mismas condiciones que los consumidores vulnerables severos, pero, además, son personas que ya reciben ayudas desde los servicios sociales de cualquier Administración Pública, que financia el 50 % del importe de las facturas en las tarifas PVPC. La otra mitad va a cargo de la comercializadora, así que esta categoría de consumidores queda completamente exenta de pagar sus facturas de la luz.

Autónomos afectados por la crisis provocada por la COVID-19

La pandemia está ampliando las categorías de colectivos vulnerables y esta es una de las introducidas actualmente. Los autónomos que hayan cesado su actividad o hayan visto caer su facturación más de un 75 % tienen derecho a acogerse al Bono Social, con un descuento del 25 % sobre sus facturas de la luz. Eso sí, la ayuda a este colectivo, de momento, será durante solo 6 meses. En caso de necesitar alargar este periodo de tiempo, tendrán que demostrar que siguen siendo consumidores vulnerables, haciendo la solicitud del Bono Social.

Empleados en ERTE, en jornada reducida o en situación de desempleo

Deberán demostrar que su cambio de situación es debido a la crisis provocada por la COVID-19 y, además, no deberán tener una renta superior a los límites establecidos. Esta subvención es la más limitada de todas y se extiende solo hasta el 30 de junio de 2021. Después, los usuarios que se encuentren en la situación personal y económica que requiera del Bono Social también podrán solicitarlo.

Por otro lado, hay dos colectivos que, independientemente de sus ingresos, podrán solicitar el Bono Social y acceder a él directamente: las familias numerosas y los pensionistas.

¿Cómo solicitar el Bono Social de la luz?

Si formas parte de uno de los colectivos descritos y quieres acceder a la ayuda económica que ofrece el Bono Social, deberás solicitarlo a través de tu comercializadora de referencia. Los pasos a seguir son los siguientes:

  • Contactar con tu comercializadora.
  • Rellenar el formulario.
  • Proporcionar la documentación requerida:
  • DNI del titular del contrato del suministro eléctrico.
  • Libro de familia.
  • DNI de los menores de 14 que sean parte de la unidad familiar.
  • Certificado de empadronamiento de todos los miembros.
  • Cuando sea el caso, título de familia numerosa.
  • Cuando sea el caso, Certificado de la Seguridad Social conforme se percibe una pensión.
  • Cuando sea el caso, certificado de los servicios sociales que prueben una discapacidad del 33 % o más.
  • Cuando sea el caso, certificados y documentación de servicios sociales que hayan tratado con las personas víctimas de violencia de género o terrorismo.
  • Esperar respuesta. En un máximo de 5 días, la comercializadora deberá informarte de tu aceptación, en caso de que todos los documentos aportados sean correctos.

Recuerda que el Bono Social Eléctrico tiene una validez de dos años y la renovación la debe solicitar el propio consumidor, con un margen mínimo de 15 días hábiles dentro del período de validez.